La Red Chiapas por la Paridad Efectiva (REPARE) expresa su beneplácito por la sentencia emitida este miércoles 8 de julio por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), mediante la cual se revoca el veredicto de la Sala Regional Xalapa de fecha 1 de julio de 2015 y se ordena el inmediato cumplimiento de la paridad vertical y horizontal en las candidaturas a diputaciones y ayuntamientos en el estado de Chiapas.
Los partidos Acción Nacional y Movimiento Ciudadano interpusieron el pasado 23 de junio ante la Sala Xalapa un recurso de impugnación debido al incumplimiento de la ley de paridad tanto por parte del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) como por los partidos políticos, con excepción del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).
La Sala Xalapa admitió que se incumplió la ley pero dictaminó el pasado 1 de julio que la demanda era improcedente debido a lo avanzado del proceso electoral.
Integrantes de la REPARE impugnaron la sentencia bajo el principio de que no se puede aducir auto organización de los partidos políticos, certeza jurídica y principio de legalidad, para poder convalidar un acto antijurídico.
La impugnación de la REPARE también señaló al Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) por haber autorizado las elecciones a pesar de que todos los partidos incumplieron con el principio de paridad.
Tras un minucioso análisis de las planillas electorales llevado a cabo luego del cierre de registros ante el IEPC, la REPARE concluyó que los partidos políticos que contienden en la entidad -con excepción de Morena-, incumplieron el mandato constitucional y la leyes electorales.
Las violaciones eran muy graves como para ser ignoradas. El Partido Verde Ecologista de México postuló únicamente al 10% de mujeres; el Partido Acción Nacional (PAN) el 38.09 %; el Partido Revolucionario Institucional (PRI) el 11.11 %; el Partido de la Revolución Democrática (PRD) el 26 %; Chiapas Unido el 25.83; el Partido Encuentro Social, el 33.87 %; Mover a Chiapas el 16.82 %; el Partido del Trabajo, el 7.35 %; el Partido Movimiento Ciudadano, el 32.07 %; el Partido Humanista el 20.83 % y el Partido Nueva Alianza el 26.47 %
Los magistrados se manifestaron indignados por las graves omisiones a la ley en que incurrieron los partidos políticos y el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) en Chiapas, que no observó el cumplimiento de la ley en el registro de las y los candidatos para el Congreso y ayuntamientos.
El TEPJ expresó su preocupación por el actuar del órgano electoral del estado de Chiapas y ordenó la reposición inmediata del proceso.
La REPARE continuará vigilando el cumplimiento de la ley. En este momento preocupa lo que pueda ocurrir con los cambios en las planillas. Exigimos plena transparencia en el proceso de reposición, por eso es fundamental que se haga visible cuál es el sexo de cada candidato; dato que la REPARE estuvo reiteradamente solicitando al IEPC, pero esta información no le fue proporcionada.
Llamamos e invitamos a la ciudadanía, a las mujeres ciudadanas; a las mujeres de los partidos políticos, que estén atentas al proceso de reposición de las candidaturas y exigir la adecuada implementación de la sentencia.