OCSJ celebra decisión de la SCJN de declarar inconstitucional la detención con control judicial en D.F. México D.F. 22 de abril de 2015.- El pasado 16 de abril, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió las acciones de inconstitucionalidad 25/2013 y su acumulada 31/2013 planteadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, respectivamente. En ellas se alegó la inconstitucionalidad de la detención con control judicial, establecida en los artículos 270 Bis 1 y 271, sexto párrafo del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial el 13 de septiembre de 2013.

La SCJN determinó por unanimidad que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal se extralimitó en sus facultades legislando sobre la figura de detención con control judicial y por lo tanto, declaró su inconstitucionalidad. El Observatorio Ciudadano del Sistema de Justicia celebra la decisión de la SCJN e insta a ese Tribunal a determinar la inmediata libertad de las personas detenidas bajo la detención con control judicial.

 

La detención con control judicial, así como el arraigo, es una medida privativa de la libertad, empleada en una investigación penal para obtener información de una persona sin que ésta se encuentre acusada de algún delito; manteniendo a una persona privada de la libertad, por un periodo prolongado, mientras se investiga y decide su situación legal.

Ambas figuras afectan también la presunción de inocencia por lo que son contrarias a los principios de un sistema penal democrático . La finalidad del arraigo es detener a la persona a fin de investigarla por un delito, sin que la autoridad responsable de la investigación cuente con elementos suficientes para presuponer la responsabilidad, ni la relación que ésta pueda tener con el crimen que se busca esclarecer.

El OCSJ celebra la decisión de la SCJN al declara inconstitucional la detención con control judicial, sin embargo recordamos que el pasado 14 de abril, diversas organizaciones, junto con las que componemos el OCSJ manifestamos nuestra preocupación cuando fue declarada la constitucionalidad de la figura del arraigo, medida que afecta los derechos humanos a la libertad personal y a la presunción de inocencia y constituye además un factor para la violación del derecho a seguridad y la integridad personales. Instamos a los ministros de la SCJN a que ajusten sus decisiones a los más altos estándares en materia de derechos humanos.