manuel no fue * Exonera TRIFE a Velasco por campaña “personalizada”

De acuerdo con el resolutivo de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el gobernador de Chiapas, Manuel Velasco Coello, no incurrió en una propaganda indebida durante el proceso electoral del 2014-2015.

Con una mayoría de cuatro votos, los jueces determinaron que la administración chiapaneca no violó al artículo 134 constitucional, esto pues “no se trató de adquisición indebida de propaganda personalizada porque tenían como fin informar a la ciudadanía sobre alguna de sus actividades”.

Los magistrados expusieron que no se trató de una adquisición indebida al quedar acreditado que las inserciones en los medios de comunicación, estuvieron encaminadas para informar a la ciudadanía sobre algunas actividades de Velasco Coello, “además de que no hubo falta al deber de cuidado del mandatario por lo que le revocó la vista ordenada al Congreso del estado de Chiapas”.

María del Carmen Alanis Figueroa señaló: "Para mí no queda la menor duda de que se trata de ese tipo de propaganda gubernamental que implicó la promoción personalizada del servidor público denunciada y la vinculación en la responsabilidad directa también del encargado de la comunicación social del Estado”.

“En todos los casos se difundió la imagen, se hizo alusión a cargos públicos, a nombre, imagen y las publicaciones se llevaron a cabo en los meses previos durante también los procesos electorales, incluyendo el periodo de la veda electoral, tanto o tratándose de elecciones federal como local".