El Consejo General de Instituto Nacional Electoral (INE) determinará este miércoles por la mañana en sesión ordinaria la remoción o permanencia de la Consejera del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, Margarita Esther López Morales acusada de violentar la ley de la materia en la entidad chiapaneca.
De acuerdo al expediente UT/SCG/PRCE/MC/CG/13/2015 la consejera López Morales pudo haber faltado a lo dispuesto en el artículo 102, segundo párrafo de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electoral (LEGIPE), en la integración de Consejos Municipales electoral en el municipio de Amatenango del Valle.
Entre los señalamientos más destacados por el artículo 102 de la LEGIPE, se encuentran:
A) Realizar conductas que atenten contra la independencia e imparcialidad de la función electoral, o cualquier acción que genere o implique subordinación respecto de terceros;
B) Tener notoria negligencia, ineptitud o descuido en el desempeño de las funciones o labores que deban realizar;
C) Conocer de algún asunto o participar en algún acto para el cual se encuentren impedidos;
D) Realizar nombramientos, promociones o ratificaciones infringiendo las disposiciones generales correspondientes;
E) Emitir opinión pública que implique prejuzgar sobre un asunto de su conocimiento y no haberse excusado del mismo;
F) Dejar de desempeñar injustificadamente las funciones o las labores que tenga a su cargo, y
G) Violar de manera grave o reiterada las reglas, lineamientos, criterios y formatos que emita el instituto en términos de la base v, apartado b), inciso a), numeral 5 del artículo 41 de la constitución. Para los efectos de este inciso se considera violación grave, aquella que dañe los principios rectores de la elección de que se trate.
Por ello este miércoles en la sesión de las 10 de la mañana en el Consejo General del INE, se determinará la responsabilidad de la Consejera.