sala Xalapa san andres duraznal Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. 06 de septiembre (mc).- En la sesión pública de resolución de este jueves 06 de septiembre de 2018, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH) en la que declaró la validez de la elección de integrantes del ayuntamiento de San Andrés Duraznal y ordenó la entrega de la constancia de mayoría a la planilla postulada por el partido Podemos Mover a Chiapas. En consecuencia, se declaró la nulidad de la elección

Al resolver los juicios de revisión constitucional electoral 229, 230 y el juicio ciudadano 689, promovidos por los partidos Chiapas Unido, Verde Ecologista de México y su candidata a presidenta municipal, Juana Ruth Gómez Hernández, respectivamente; los magistrados federales determinaron que el procedimiento llevado a cabo por el Tribunal Electoral local, para reconstruir el cómputo de la votación de las casillas, en las cuales acontecieron diversos actos de violencia, no dotaba de certeza alguna a la elección. 

Lo anterior, porque las copias al carbón de las actas de escrutinio y cómputo correspondientes, carecían de elementos mínimos de autenticidad en su contenido. Por tal razón, se declaró la nulidad de la elección y se ordenó al Congreso del Estado que proceda a emitir la convocatoria de la elección extraordinaria.

La Sala Xalapa confirma elecciones de diputados locales e integrantes de los ayuntamientos en los estados de Chiapas y Tabasco

En la misma sesión pública de resolución, la Sala Regional Xalapa del TEPJF confirmó las elecciones de diputados locales de los distritos 07 en Ocosingo y 12 en Pichucalco, así como de integrantes de ayuntamientos de Coapilla, Soyaló y Reforma, todos ellos del estado de Chiapas. Asimismo, confirmó las elecciones municipales de Jalpa de Méndez, Jalapa y Emiliano Zapata, en Tabasco. 

Al resolver los juicios de revisión constitucional electoral 192, 227, 235 al 239, 252, 253, 259 y el juicio ciudadano 803, el Pleno de la Sala confirmó las elecciones antes mencionadas, al desestimar los agravios formulados con la pretensión de modificar los cómputos distritales, o bien, revocar las declaraciones de validez de las elecciones y la entrega de las constancias de mayoría a los candidatos ganadores.