Advierten con el “no deducible” de impuesto Marroquín

Con mano firme entró este 2018 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tras  modificarse más impuestos al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), alertaron analistas en el estado.

René Cruz Montalvo, docente e investigador de la Escuela Bancaria y Comercial Tuxtla Gutiérrez (EBC), señaló que las modificaciones al CFDI de nómina en su versión 1.2, recae en la deducción del pago de sueldos y salarios así como en el pago del seguro social; por lo que el empresariado sería sujeto a impuesto.

A esto, puntualizó que con la entrada en vigor de la versión 3.3 de facturación electrónica, se modificaron algunos complementos para la elaboración del CFDI de nómina, cuál advierte que en caso de que la persona física o moral registre de forma incorrecta algún dato personal o financiero se presentarán recargos por el error.

De esta forma, el docente mencionó que algunos de los complementos se pueden reflejar en el manejo de 15 catálogos como: el Tipo de Banco, Entidad Federativa, Origen del recurso, Periodicidad de pago, Régimen fiscal de la empresa y otros.

A lo anterior, el analista alertó con el manejo de datos que se asignan al CFDI de nómina, porque una de las principales consecuencias que pueden tener los empresarios, es que el pago de nóminas se convierta en no deducible para el pago de impuestos de sus empresas.

Asimismo, advirtió en tener cuidado de no acentuar un dato erróneo en un comprobante para efectos de salario en cuanto al seguro social, ya que recaería al empresario una mayor carga tributaria o contributiva, en materia de seguro social, de Infonavit y de impuestos sobre nómina. 

Por ello, expuso que el CFDI de nómina es clave para no tributar de más y hacerlo de manera correcta, de lo contrario se terminaría por no poder deducir el pago de nóminas, lo que haría que el empresario pague impuestos que podrían ser muy altos.

El docente sugirió poner atención a los cambios que el SAT realiza en este tipo de situaciones, ya que cada vez que realiza una modificación, ya sea en la forma en como presentar nuestras obligaciones fiscales o en cómo se elaboran los comprobantes, pueda que sí faciliten los procesos, pero, está tendiente a ser una medida netamente fiscalizadora y recaudatoria.