En el marco de la reforma constitucional en la que transita nuestra LXVI Legislatura del Estado de Chiapas dos temas he planteado en materia ambiental, derivado de las propuestas emanadas de diferentes sectores de la sociedad civil, en los foros de consulta realizada en las diferentes regiones del Estado de Chiapas.
El primer tema, se trata de un principio emanado de tratados y acuerdos internacionales, en las que México forma parte, refiere a la precaución al medio ambiente y se aplica cuando no se requiere una prueba científica para demostrar el inicio de un daño ambiental, pues basta el solo indicio de ese peligro o daño, para que la autoridad competente pueda inhibir que éste siga ocurriendo. Afortunadamente a raíz del principio de precaución, el criterio tradicional sobre la carga de la prueba se invirtió de manera que un estado pueda actuar antes, sin esperar hasta la presentación de la prueba.
El segundo tema, se trata de la responsabilidad objetiva por el daño inferido a los derechos e intereses colectivos, surge como consecuencia de la realización de actividades que implican un riesgo para el medio ambiente y los recursos naturales renovables.
Implica fundamentalmente la inversión de la carga de la prueba, recayendo tal obligación en quien asumió el riesgo de la actividad que pueda llegar a causar un daño, disminuyendo así la intensidad de la labor probatoria exigida al Estado, ante tal circunstancia específica, toda vez que se considera que el causante del daño, se encuentra en una mejor posición para allegarse de los elementos de prueba que desvirtúen los hechos que se le imputan. En este caso, se invierte la carga, para obligar al causante del perjuicio, a la acreditación de que obró con prudencia necesaria del caso, valorándose las determinadas circunstancias de modo, tiempo y lugar.
Espero que en los próximos días podamos estar en condiciones de aprobar la reforma constitucional, que sin lugar a dudas, será vanguardista por su contenido y de fácil lectura por la importancia que debe tener en la vida de los chiapanecos.