IEPC Convocatoria APL IEPC 121222 * La fecha límite de registro es el 31 de enero de 2023.

* Las organizaciones interesadas pueden consultar las bases de la convocatoria en la página de internet https://www.iepc-chiapas.org.mx/partidos-politicos/168-agrupaciones-politicas-locales.

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. 15 de diciembre de 2022.- El Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas, convoca a las organizaciones ciudadanas interesadas en constituirse como Agrupaciones Políticas Locales (APL), a que presenten su solicitud ante este órgano electoral, teniendo como fecha límite el martes 31 de enero de 2023.

La consejera electoral y Presidenta de la Comisión Permanente de Asociaciones Políticas, Helena Margarita Jiménez Martínez dijo que, las organizaciones interesadas pueden consultar las bases de la convocatoria en la página de internet https://www.iepc-chiapas.org.mx/partidos-politicos/168-agrupaciones-politicas-locales, donde podrán encontrar los requisitos, formatos y procedimientos que deben atender para presentar su solicitud.

Explicó que las organizaciones y/o personas solicitantes deberán realizar los trámites correspondientes en horario hábil comprendido entre las 9:00 y las 16:00 horas, de lunes a viernes, a través de la Oficialía de Partes, en el domicilio de este Instituto, ubicado en Periférico Sur Poniente No. 2185, Colonia Penipak, Tuxtla Gutiérrez.

Jiménez Martínez agregó que, algunos de los requisitos a cumplir son: presentar original o copia certificada del instrumento pasado ante la fe de Notario Público, relativo a la constitución de la Asociación interesada en obtener su registro como APL; originales autógrafos de las constancias de afiliación de cada uno de sus afiliadas/os en el formato aprobado (que podrá obtener de la página de Internet), acompañados de una copia de la credencial para votar con fotografía de sus afiliadas/os, dichos originales no podrán ser menor a mil y deberán entregarse ordenados conforme al número de folio designado para cada una de ellas.

La consejera electoral recordó que las APL son formas de asociación ciudadana que coadyuvan al desarrollo de la vida democrática y al fortalecimiento de la cultura política, coadyuvando a la creación de una opinión pública mejor informada. Resaltó que la APL no pueden utilizar en ninguna circunstancia, la denominación de “partido” o “partido político”.

Finalmente, expuso que, para la realización de las asambleas, deberán respetar en todo momento el Protocolo Sanitario, a fin de prevenir el contagio y propagación del COVID-19 en las asambleas distritales y general constituyente, así como establecer los pasos para la realización de una asamblea distrital o estatal constituyente con medidas de higiene estrictas.

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