Pide TEECH elecciones en Oxchuc * El organismo dio a conocer en sesión que existe continuidad en las acciones para que la población de Oxchuc, ejerza sus derechos político electorales.

A. Marroquín / Mural Chiapas

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. 23 de junio de 2022 (muralchiapas.com).- Porque se violan sus derechos político electorales, el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH), solicitó al Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas (IEPC), dar respuesta a los habitantes del municipio de Oxchuc para que realicen el proceso de elección por usos y costumbres

En sesión pública, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas vinculó al Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado, para que notifique y de respuesta a la petición formulada por ciudadanos del municipio de Oxchuc, con relación al nuevo proceso de elección por usos y costumbres.

Por lo anterior, el Tribunal Electoral emitió el 10 de febrero de 2022, una sentencia dictada en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano Originario de Comunidades Indígenas en Sistema Normativo Interno JDCI/001/2021 y su acumulado, en la que determinó que el municipio de Oxchuc tendría nuevas elecciones mediante usos y costumbres.

Ante ello, el organismo público precisó que las autoridades electorales siguen atendiendo y tomando las acciones pertinentes para que las y los habitantes de Oxchuc ejerzan sus derechos político electorales, y celebren así elecciones para que, mediante usos y costumbres, elijan a sus autoridades.

Al dictar los juicios de la ciudadanía, el TEECH calificó parcialmente fundado el primer agravio manifestado por los actores referente a que el IEPC fue omiso en dar respuesta a su petición formulada; e infundado el segundo agravio respecto a que el Congreso del Estado de Chiapas no recepcionó su escrito petitorio y tampoco dio respuesta a su solicitud; ambas relacionadas con la celebración del nuevo proceso de elección.

En este sentido, refirió que en el primer agravio el IEPC, mediante acuerdo CG-A/048/2022 pretendió dar contestación a lo solicitado por los actores, sin embargo, omitió notificar legalmente dicha respuesta a los peticionarios, con lo que se actualizó la violación al artículo 8 Constitucional, en razón de que, de las constancias de notificación exhibidas por la autoridad responsable, no se advirtió que se haya notificado legalmente dicho proveído a los hoy actores.

En consecuencia, señaló que en el segundo agravio, de las pruebas aportadas, no existió evidencia de que los demandantes hayan planteado solicitud por escrito en términos de lo establecido en el artículo 8º Constitucional ante dicha autoridad estatal.

Cabe recordar, que las elecciones para renovar a las autoridades municipales se llevaron a cabo el 15 de diciembre de 2021, sin embargo, ante una jornada de acciones violentas fueron anuladas, por lo que el Congreso del Estado nombró un concejo municipal a partir del 1 de enero de 2022, aunque este sólo duró dos meses. A finales de febrero designó nuevas autoridades encabezadas por Luis Sántiz.

Esta situación ha llevado, que en los últimos días se den enfrentamientos en los cuales se han registrado muertos, viviendas y vehículos incendiados.

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