¿Viola San Cristóbal Estado Laico? En la Mira

Héctor Estrada

¿Se imagina usted una dependencia municipal de promoción a la fe, dirigida además por un ministro de culto religioso, como parte estructural de un ayuntamiento en México? Pues esto sucede actualmente en San Cristóbal de las Casas, Chiapas, donde parece que el precepto constitucional de “Estado Laico” simplemente no aplica.

Y es que este lunes, en un hecho que pareciera sacado de una broma de mal gusto, el nuevo alcalde de aquel municipio, Marco Antonio Cancino González, entregó el nombramiento como nuevo director del “Instituto de la FE” municipal al pastor evangélico Salomón Molina López, quien desde esta de semana dirige dicho organismo municipal.

Arriesgando el puesto ante una violación tan grave a la mismísima Constitución Mexicana, el alcalde Marco Antonio Cancino no sólo dio cabida al funcionamiento de un instituto municipal con evidente vocación religiosa, sino que también colocó a la cabeza de dicho instituto a un ministro evangélico en funciones, como parte de una estructura municipal que se financia del erario público.

Ante tan escandaloso hecho que deberá atraer la intervención de las autoridades federales, específicamente de la Secretaría de Gobernación, se deprenden dudas lógicas sobre el desconocimiento absoluto del marco jurídico nacional en quienes hoy dirigen el Ayuntamiento de San Cristóbal de las Casas o, de plano, la poca importancia que éste les representa.

En el primero de los casos, resulta urgente recordarle a Marco Cancino y su grupo de asesores lo determinado en el Artículo 130 constitucional donde se establece el principio histórico de la separación entre el Estado y las iglesias que en su inciso D textualmente señala: “En los términos de la ley reglamentaria, los ministros de cultos no podrán desempeñar cargos públicos”.

Además de lo precisado por el inciso E del mismo 130º constitucional donde se establece que “los ministros de culto no podrán asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna”, negando además la posibilidad de encabezar eventos políticos.

Hoy en San Cristóbal de las Casas es evidente la flagrante violación que se vive no sólo a un precepto constitucional tan importante como lo establecido en Artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sino también a la propia Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, con la integración de asuntos de fe y religiosos a temas gubernamentales.

Más allá de las funciones que tenga el denominado “Instituto de la Fe” dentro del organigrama municipal (que aún no resultan claras por la falta de información oficial al respecto) el gobierno que actualmente encabeza Marco Antonio Cancino González deberá rendir urgentes explicaciones ante tan escandaloso hecho.

Es apremiante la intervención de la Secretaría de Gobernación para realizar de inmediato las investigaciones pertinentes que permitan fincar o deslindar responsabilidades, con las sanciones correspondientes, a fin de sentar precedentes y evitar que posibles actos violatorios al Estado Laico se vuelvan a repetir en cualquier otra parte de México.