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Del 28 de junio al 1 de julio, partidos y candidatas/os no podrán realizar actos públicos de campaña y de propaganda o de proselitismo
En este periodo no podrán difundirse encuestas o sondeos de opinión.
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. 27 de junio de 2018.- El Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas, dio a conocer que en el primer minuto del día jueves 28 de junio, inicia formalmente la veda electoral, periodo en que las y los ciudadanos podrán reflexionar su voto que emitirán en las urnas el domingo 01 de julio, para elegir Presidente de la República, Senadores/as, Diputados/as federales y locales, Gobernador y Ayuntamientos.
El Consejero Presidente Oswaldo Chacón Rojas, detalló que durante tres días queda prohibida la celebración de actos públicos de campaña y propaganda con la finalidad de que la ciudadanía pueda reflexionar el sentido de su voto.
Comentó que las actividades no permitidas durante la veda electoral son: la celebración de reuniones o actos públicos de campaña y de propaganda o de proselitismo, por parte de los partidos políticos y, las y los candidatos, así como la difusión de propaganda gubernamental. Tampoco se permite el realizar o difundir informes anuales de labores.
Además, en este periodo los medios de comunicación no podrán dar a conocer resultados de encuestas o sondeos de opinión sobre preferencias electorales. El día de la jornada electoral no debe haber propaganda de partidos ni de candidatas o candidatos cerca de cualquier casilla.
Chacón Rojas explicó que la veda electoral se encuentra establecida en el artículo 210, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), el cual señala que “la distribución o colocación de la propaganda electoral deberá respetar los tiempos legales que se establezcan para cada caso, su retiro o fin de su distribución deberá efectuarse tres días antes de la jornada electoral”.
El Consejero Presidente dijo que, de no cumplir con lo establecido, el Instituto Nacional Electoral (INE) así como los institutos locales como el IEPC, se encargarán de retirar la propaganda con cargo al monto de financiamiento público que le corresponde al partido y además habrá una sanción que puede consistir en una multa, amonestación, suspensión e, incluso, la cancelación del registro.
En cuanto a redes sociales e internet, aunque no existe en la ley una prohibición expresa sobre su uso durante la veda electoral, recordó que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ha manifestado, principalmente en el caso de candidatos que utilicen sus redes sociales personales, o aquellas en las que hicieron promoción, para realizar llamados el voto, pueden ser sancionados.
Cabe recordar que las campañas electorales al cargo de Gobernador del estado iniciaron el 29 de abril, mientras que las de Diputaciones locales y miembros de Ayuntamientos iniciaron el 29 de mayo, ambos desarrollos proselitistas concluyeron este 27 de junio de acuerdo a los tiempos establecidos en el calendario electoral.